Preámbulo

El proveedor tiene la intención de suministrar mercancía a Weiling con regularidad. Las partes acuerdan la vigencia de las siguientes

Condiciones Generales de Contratación –COMPRA– de Weiling GmbH

para todos los contratos de compraventa que celebren en el futuro.

Art. 1    Generalidades, ámbito de vigencia

(1)    Las Condiciones Generales de Contratación –COMPRA– de Weiling GmbH tendrán vigencia en exclusiva. Las Condiciones Generales de Contratación del proveedor no tendrán vigencia en ningún caso.

(2)    Las condiciones del proveedor contrarias o divergentes no serán reconocidas por Weiling. Las Condiciones Generales de Contratación –COMPRA– de Weiling también tendrán vigencia cuando Weiling acepte el suministro del proveedor sin reservas, aun teniendo conocimiento de las condiciones del proveedor de carácter divergente o contrario a las condiciones de compra de Weiling.

(3)    Las Condiciones Generales de Contratación –COMPRA– también tendrán vigencia para todos los negocios que se realicen en el futuro con el proveedor.

Art. 2     Facturación, condiciones de pago

(1)    Weiling sólo puede procesar facturas y abonos que cumplan con las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido y solo si contienen el número de pedido (número EB) o el número de reclamación (número BRK) que aparece en la demanda de pedido o abono de Weiling. Los números deben copiarse del pedido de compras/ o solicitud de abono sin modificaciones ni adiciones (por ejemplo, sin inserción de guiones ni espacios en blanco). Se debe crear una factura o un abono separado para cada pedido o solicitud de abono. Se deben evitar las entregas parciales. El proveedor es responsable de todas las consecuencias derivadas del incumplimiento de estas obligaciones.

(2)    Asimismo, el proveedor estará obligado a indicar en la factura el número de su autoridad de control ecológico. En caso de mercancía de asociaciones de cultivo ecológico, en cada artículo suministrado deberá indicarse adicionalmente la asociación de cultivo. La factura deberá incluir una indicación sobre el cumplimiento de las disposiciones comunitarias vigentes en cada caso para productos biológicos. El emisor de la factura y el proveedor deberán ser el mismo. 

(3)    Los plazos de pago acordados comenzarán a contar con la recepción de la factura reglamentaria por parte de Weiling, pero como muy pronto con la recepción de la mercancía.

(4)    Las partes acuerdan el euro como moneda para todas las futuras relaciones contractuales. Los precios deberán indicarse en euros en todas las ofertas del proveedor. Cuando, en contra de esta prescripción, el proveedor indique el precio en otra moneda en una de sus ofertas, las partes acuerdan que Weiling pueda pagar el importe en euros. En este caso deberá tomarse como base el tipo de cambio vigente a fecha de la aceptación de la oferta por parte de Weiling. Todos los importes de las facturas deberán presentarse y pagarse en euros.

(5)    A Weiling le corresponden derechos de compensación y retención en el alcance legalmente permitido.

Art. 3    Plazo de suministro

(1)    El plazo de suministro indicado en el pedido será vinculante.

(2)    El proveedor estará obligado a informar sin demora a Weiling cuando detecte o se produzcan circunstancias de las que resulte la imposibilidad de cumplir el plazo de suministro exigido.

(3)    En caso de demora en el suministro, a Weiling le corresponderán los derechos legalmente prescritos. Weiling estará autorizada en particular a reclamar una indemnización en lugar de la prestación y a desistir del contrato después de que un plazo suplementario haya transcurrido de forma infructuosa.

Art. 4    Documentos de envío y albaranes

(1)    El proveedor está obligado a indicar el número de pedido (número EB) de Weiling y el número de su autoridad de control ecológico en todos los documentos de envío y albaranes. En caso de mercancía de asociaciones de cultivo ecológico, en cada artículo suministrado deberá indicarse adicionalmente la asociación de cultivo. Los documentos de envío deberán incluir una indicación sobre el cumplimiento de las disposiciones comunitarias vigentes en cada caso para productos biológicos. 

(2)    Cuando el proveedor omita dicha información necesaria, Weiling estará autorizada a rehusar la aceptación de la mercancía suministrada. Weiling no responderá por los retrasos de tramitación derivados de la falta u omisión de información del proveedor.

Art. 5     Examen de vicios, pretensiones, derechos

(1)    Weiling está obligada a examinar la mercancía dentro de un plazo adecuado en cuanto a calidad y cantidad. La reclamación por vicios se efectuará a tiempo cuando el proveedor la reciba en un plazo adecuado.

(2)    A Weiling le corresponden los derechos por vicios legalmente prescritos en todo su alcance. Independientemente de ello, en principio Weiling estará autorizada a solicitar al proveedor la subsanación de los vicios o un suministro de sustitución. En ese caso, el proveedor estará obligado a asumir todos los gastos necesarios para la subsanación de los vicios o el suministro de sustitución. El derecho a indemnización, en particular a una indemnización en lugar de la prestación, queda expresamente reservado.

(3)    Si, en el caso de la entrega de productos de certificación espacial (Demeter o Naturland), existe la sospecha de que los productos entregados no cumplen con las directrices válidas de la certificadora y/o si la certificadora ha bloqueado al proveedor por sospecha de incumplimiento, en tal caso la mercancia estará aceptada con reservas en tanto exista la sospecha de un bloqueo por parte de la asociación controladora. Weiling no esta obliagada a aceptar dicha mercancia. El rieso de pudrición de la mercancia o que sea invendible debido a otras causas, corre a cargo del proveedor.  Las disposiciónes del párrafo 2 no se ven afectadas.    

Art. 6     Responsabilidad por productos, exención, cobertura del seguro de responsabilidad civil

(1)    Cuando el proveedor sea responsable por un daño del producto, estará obligado a eximir a Weiling al primer requerimiento de cualquier derecho a indemnización de terceros, en la medida en que la causa esté en su ámbito de control y organización y él mismo responda frente a terceros.

(2)    En este marco, el proveedor también estará obligado a reembolsar cualquier gasto relacionado con o derivado de una retirada de productos efectuada por Weiling, siempre y cuando el derecho no resulte de los Art. 830 y 840 del Código Civil alemán (BGB) en relación con los Art. 426 y 254 del BGB. Weiling informará al proveedor sobre el contenido y el alcance de las medidas de retirada de productos a realizar, siempre que sea posible y razonable, y le dará la oportunidad de manifestarse al respecto.

(3)    El proveedor se obliga a tener un seguro de responsabilidad civil por productos con una cobertura acorde con la responsabilidad y a acreditarlo a solicitud de Weiling. Normalmente se considera adecuada una cobertura de al menos 10 millones de euros por daño personal/material. En caso de que a Weiling le correspondan mayores derechos a indemnización, éstos quedarán intactos.

Art. 7     Derechos protegidos

(1)    El proveedor se responsabilizará de que en relación con su suministro no se infrinjan derechos de terceros, siempre y cuando no demuestre que no es responsable de la infracción del  deber.

(2)    Cuando Weiling sea objeto de la reclamación de un tercero por la infracción de derechos de terceros conforme al apartado 1, el proveedor estará obligado a eximir a Weiling de dichos derechos al primer requerimiento por escrito. Weiling no está autorizada a adoptar ningún acuerdo con el tercero, especialmente a llegar a un arreglo, sin el consentimiento previo del proveedor.

(3)    El deber de exención del proveedor abarca todos los gastos en los que Weiling incurra necesariamente por la reclamación de un tercero, siempre y cuando el proveedor no demuestre que no es responsable de ésta.

§ 8 Derechos de uso sobre las imágenes y otras representaciones gráficas facilitadas a Weiling; consentimientos relacionados con los datos personales

(1)    Weiling ofrece información sobre los fabricantes de los productos a sus clientes. Para ello, Weiling utiliza tanto fotografías propias como otras que los fabricantes respectivos proporcionan a Weiling. Cuando el proveedor facilite a Weiling las imágenes corre-spondientes (§§ 2, apdo. 1, núm. 4, 72 de la Ley alemana sobre los derechos de autor «UrhG») y/u otras representaciones gráficas (en adelante, «imágenes», los derechos de uso sobre estas imágenes se basarán en lo indicado en los apartados 2 hasta 4.

(2)    El proveedor otorga a Weiling derechos de uso espacial y temporalmente ilimitados sobre las imágenes. También se conceden los derechos sobre los tipos de uso que fuesen desconocidos en el momento de la celebración del contrato. Weiling está au-torizado a transferir derechos de uso individuales o globales para los tipos de uso re-spectivos o en su conjunto a terceras partes.

(3)    El proveedor garantiza que él es el único titular de los derechos de autor sobre las imágenes y que no ha otorgado derechos de uso exclusivos a terceras partes. En caso de que las imágenes contengan datos personales, el proveedor asegura además que ha solicitado o solicitará los consentimientos de las personas afectadas que fuesen nece-sarios conforme al Reglamento General de Protección de Datos antes de la transmisión de las imágenes a Weiling.

(4)    Weiling salvaguarda los derechos de uso concedidos en nombre propio. Esto es válido especialmente para el derecho a la puesta a disposición del público, el derecho a la re-producción y difusión de las imágenes, así como el derecho a la edición o cualquier otro tipo de transformación de las imágenes.

(5)    Se aplicará el § 7, apdo. 2 y 3 de estas Condiciones Generales de la Contratación de forma correspondiente. 

Art. 9 Envase, almacenamiento, calidad alimentaria

(1)    El proveedor se responsabilizará de que la mercancía suministrada por él, incluidos el envase y la declaración, cumpla con la normativa vigente en Alemania a fecha de la transmisión del riesgo, en particular con las prescripciones de la legislación alimentaria alemana, así como con las disposiciones comunitarias y alemanas para productos biológicos. Las directrices para productos de la BNN (Asociación Alemana de Alimentos y Productos Naturales) aplicables a la mercancía suministrada deberán tenerse en cuenta y deberá observarse el valor orientativo de la BNN para análisis de residuos. 

(2)    El proveedor es responsable de que se excluya cualquier contaminación de la mercancía debido a un almacenamiento, transporte o envases de transporte, envoltorios y envases de consumo inadecuados a fecha de la transmisión del riesgo.

(3)    El proveedor está obligado a comunicar sin demora a Weiling cualquier divergencia que constate de la calidad del producto, la seguridad alimentaria, la conformidad biológica o el envase.

(4)    A menos que se acuerde lo contrario por escrito con Weiling, el proveedor está obligado a entregar las mercancías en palets que cumplan con las directrices de la norma técnica UIC 435-2 (Norma de calidad para un palet EUR) y 435-4 (Norma de reparación para un palet EUR) que regula la  construcción  y los criterios de intercambio del European Pallet Pool for Euro Flat Palets. En el caso de mercancías secas, la entrega debe realizarse en paletas nuevas o en paletas de clase A. Puede obtenerse más información sobre las normas y clases mencionadas de Weiling previa solicitud.

Si un palet no cumple estos requisitos, Weiling lo anotará en el albarán. En este caso, Weiling tiene derecho a deshacerse del palet sin tener la obligación de entregar uno a cambio al proveedor. Eventualmente, los costes de repaletizar la mercancia correran a cargo del proveedor.

Art. 10 Fuero competente, lugar de cumplimiento, derecho aplicable

(1)    Cuando el proveedor sea un comerciante, el fuero competente será el domicilio social de Weiling. Sin embargo, Weiling también estará autorizada a demandar al proveedor en su domicilio particular/social.

(2)    A menos que en la confirmación del pedido se indique algo diferente, el lugar de la actividad de Weiling será el lugar de cumplimiento para todos los derechos derivados de la relación comercial entre el proveedor y Weiling, incluido el derecho del proveedor al pago del precio de compraventa.

(3)    Las partes acuerdan la vigencia del derecho alemán, excluyéndose la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.